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Deducción por piso y alquiler

3 Comentarios
 
14/02/2010 11:36
La ley 10/2009, de 23 de diciembre, de la Comunidad de Madrid, de Medidas Fiscales y Administrativas marca las condiciones para l deducción por alquiler de vivienda habitual: Articulo Uno.2.5." Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de treinta y cinco años. Los contribuyentes menores de treinta y cinco años podrán deducir el 20 por 100, con un máximo de 840 euros, de las cantidades que hayan satisfecho en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual. Sólo se tendrá derecho a la deducción cuando las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual superen el 10 por 100 de la base imponible, entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente.". En cualquier caso, al tratarse en todo caso de vivienda habitual, entiendo que no podrías desgravarte por la adquisicion
13/02/2010 20:25
y cuales son las condiciones para desgravarme de las dos cosas??gracias.
13/02/2010 13:59
solo podrías desgravarte del alquiler, si cumples las condiciones, ya que el préstamo que pagas no corresponde a tu vivienda habitual
Deducción por piso y alquiler
12/02/2010 13:25
Buenos días, actualmente estoy hipotecado. Por temas de ruptura con mi ex pareja, estoy de alquiler, pagando las dos cosas. A la hora de la declaración de la renta me puedo deducir de las dos cosas o sólo de la hipoteca?muchas gracias.