Tengo algunas dudas sobre la deducción por cónyuge discapacitado. He leído la ley y luego leído en muchos portales y al final tengo un lío que no me aclaro.
En primer lugar, ¿es necesario que el cónyuge discapacitado sea económicamente dependiente del solicitante? En la ley no lo específica.
En segundo lugar, ¿es necesario que el cónyuge discapacitado sea pensionista o percibir prestación por desempleo?
Tengo dos casos en los que necesito responder a estas preguntas para aplicar la deducción o no.
La primera situación es un matrimonio, mis padres, en el que mi padre es pensionista pero mi madre, discapacitada, no obtiene pensión alguna.
La segunda situación es la de un matrimonio vecinos míos en el que él es pensionista por incapacidad permanente absoluta y con discapacidad reconocida y su mujer no obtiene rentas por pensión alguna.
Buenos días,
Para aplicar la deducción el cónyuge discapacitado no puede percibir rentas superiores a 8000 euros.
No es necesario que perciba rentas o prestaciones, basta que tenga reconocida la discapacidad.
Saludos
No.
Para aplicar la deducción del cónyuge discapacitado solo hay 3 requisitos:
a) Tener una discapacidad reconocida (obvio).
b) El cónyuge discapacitado no puede percibir rentas superiores a 8000 euros anuales.
c) El cónyuge discapacitado no puede entrar en otra deducción de mínimo por descendientes o ascendientes.
Ser económicamente dependiente viene a ser el mismo requisito de renta de los 8000 euros mínimos. Si cobras menos dependes de la economía del otro cónyuge para subsistir.
Entonces tengo claro que en el caso de mis padres, el pensionista y ella sin ingresos pero con discapacidad, no habría problema de solicitar la deducción. Es más, en el borrador ha salido por defecto.
Mi duda más persistente es el caso de mis vecinos donde él es discapacitado y pensionista con renta exenta y ella no tiene ingresos.
Gracias por contestar Zleylak. Eso ya me quedó claro.
Mi duda es que la persona discapacitada es la única que percibe rentas por lo que la declarante, esposa, y que no tiene rentas es la que depende de la discapacitada y no al revés. Esa es mi duda, si tendrían derecho la solicitante cuando tiene un cónyuge discapacitado del que depende económicamente y no al revés. Es decir, el discapacitado no es quien depende del otro cónyuge.
Da igual la dependencia, si se cumplen los requisitos que te he dicho antes, puede aplicar la deducción. De hecho yo tengo una pareja de clientes que él es discapacitado pero cobra una renta exenta de casi 16000 euros. Su cónyuge tiene una renta muy baja porque limpia casas a horas. Le he aplicado la deducción, y ya han cobrado la renta y todo sin problemas.