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Deduccion por alquiler en irpf

1 Comentarios
 
perfil Jan
14/02/2011 18:06
Hola amontono. En caso de que en la sentencia judicial se condene en costas a demandada-condenada(gestoría) ésta estaría oblidada a pagar, además de lo que constase en la sentencia, los honorarios de su abogado y su procurador.

Es decir, usted adelantaría el dinero preciso para cubrir los honorarios de su abogado y procurador y, si la demandada es condenada en costas(muy probable si usted "gana el juicio), tendrá que abonarle a usted las minutas de ambos profesionales.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
Deduccion por alquiler en irpf
11/02/2011 18:59
Buenas tardes,

Debido a que la gestoría a través de la que tengo mi piso alquilado no hizo el depósito de la fianza en el IGVS (es en Galicia), he recibido una corrección de Hacienda en la que me retiran la deducción en el tramo autonómico por alquiler de vivienda habitual de mi declaración de IRPF.

El asunto me parece bastante claro, debido a que la gestoría incumplió su obligación de realizar el depósito de la fianza dentro de plazo yo he tenido un perjuicio económico directo.

El problema es que he intentado solucionarlo con ellos pero me dan largas. Más que la cantidad en sí (son 198 €), el problema se ha convertido en algo personal por el trato que me dan en ésta gestoría.

He estado investigando un poco y parece claro y evidente que si los demando me tendrán que indemnizar con los 198€, pero ¿cuáles podrían ser los costes aproximados para mí por demandarlos? ¿podría solicitarles también en la demanda que tuvieran que pagar ellos los costes que me originara la misma?

En fin, lo que quiero saber es si realmente me vale la pena llevar el tema a un abogado o como ellos me dicen me va a salir más caro por lo que me trago mi orgullo y me olvido. U otra posibilidad, al tratarse de un tema tan sencillo (ellos claramente han incumplido la ley y me han causado un perjuicio económico directo fácilmente cuantificable y demostrable) ¿existe la posibilidad de que yo mismo presente la demanda directamente en el juzgado sin intermediación de un letrado y ahorrándome los costes?

Un saludo y agradecimiento previo por las aclaraciones.