En teoría tienes que dividir ambas amortizaciones y el ibi entre 6 ya que 2 meses es un sexto. Pero algo te puedes deducir de facturas que se puedan aplicar al inmueble (reparaciones, alguna chapuza, bombillas, etc, entiendo que estas no se tienen que dividir por 6).
Es lo que hay.
Si estoy enterado que se puede desgravar el 3% del valor de adquisicion quitando el valor del suelo. Pero la duda que se me presenta ahora es como hacer el calculo. Por que si sólo puedo deducirme por el tiempo que ha estado alquilado y la amortizacion se hace del total de la adquisicion... Y en general para deducirme cualquier tipo de gasto si solo ha estado alquilado 2 meses y fue adquirido en abril, ni siquiera tiene un año natural la hipoteca, como hacer esos calculos?
Muchas gracias por el interes y las respuestas
Supongo que sabrás que también te puedes desgravar otras cosas.
-El 3% por amortización lineal del inmuebles (creo que es este porcentaje, lo estoy diciendo de memoria) sobre (valor de compra IVA ..)
- Seguros, recibos, ibis, reparaciones, etc.
Muchas gracias por la respuesta, efectivamente el prestamo ha sido hipotecario y para la adquisicion del local. Pensaba que podria deducirme más, pero si solamente se puede durante el tiempo que esta en alquiler... mal lo veo porque no se alquila nada. Y con las amortizaciones no hay nada que hacer entonces ?
Muchas gracias
La amortización de capital de un préstamo no tiene el el concepto de gasto sino de "inversión" por este motivo no es deducible.
Los intereses satisfechos durante los dos meses que ha estado alquilado sí serían deducibles siempre que el préstamo sea por adquisición del local.
Hola muy buenas, me gustaria saber si es posible deducirse los gastos de una hipoteca por la compra de un local, si en ese local no se ejerce ninguna actividad por parte de su titular, pero sin embargo, ha estado alquilado un par de meses. La compra fue en abril, se hizo una amortizacion del prestamo en mayo, y en septiembre se alquilo hasta octubre. Puedo al haber alquilado esos meses deducirme la amortizacion y demás intereses?, o tenía que haber estado alquilado cuando se produjo la amortización?. Puedo ahora que no esta alquilado o más adelante hacer otra amortizacion y poder deducir?
Muchas gracias de antemano.