Buenas noches.
A ver si alguien pudiera aclararme esto :También aplicarán esta deducción los contribuyentes que mantengan su residencia habitual en Ceuta o Melilla durante un plazo no inferior a tres años, en los períodos impositivos iniciados con posterioridad al final de ese plazo,
No se desde cuando y hasta cuando contaria
Por ejemplo para la declaración de este año los 3 años deberian ser antes del 1 enero dr 2016?