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decretazo en Andalucia para deriibo de viviendas y legalizar o no derribar según circunstancias

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4 Comentarios
 
Decretazo en andalucia para deriibo de viviendas y legalizar o no derribar según circunstancias
25/04/2011 17:42

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda trabaja en la elaboración de un decreto que dará amparo legal al proceso de normalización de losmiles de inmuebles que se encuentran en situación ilegal o irregular al haberse construido en suelo no urbanizable, y en algunos casos en terrenos de especial protección medioambiental. Un porcentaje de ellos se verá inevitablemente abocado a desaparecer por derribo, y en primera línea se sitúan las casas construidas en zonas inundables.
Gloria Vega, secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo desde el pasado mes de noviembre, ha sido encomendada por la consejera de Obras Públicas, Josefina Cruz, para llevar a cabo la ardua tarea de poner orden en un capítulo de su departamento, como es sacar de la opacidad administrativa a las miles de viviendas, tanto aisladas como en formato de parcelaciones, que desde hace años incumplen la normativas urbanística. Dos comarcas, la Axarquía malagueña y el Valle del Almanzora, en Almería, han sido las elegidas para iniciar las actuaciones.
Marco legal
«El decreto forma parte —explica Gloria Vega— de un proceso que la Consejería está impulsando para dar una solución a este problema que es sumamente complejo y diverso. Hace años comenzamos a trabajar con los ayuntamientos en la realización de un inventario de viviendas levantadas en zonas no urbanizables, y dada la problemática es muy difícil pensar que es posible en el marco de la legislación un proceso de legalización total». En decir que, en momento alguno se ha optado por «una amnistía generalizada».
Según la secretaria general, «en el actual marco legal hay barreras que marcan diferentes circunstancias», como son la viviendas aisladas y las que se encuentran agrupadas en parcelaciones urbanísticas. Pero incluso en el capítulo de las casas aisladas, modelo que predomina en la Axarquía, también se dan distintos casos. «Hay viviendas históricas que llevan casi toda la vida en suelo no urbanizable y que carecen de autorizaciones, pero que sin embargo son legalizables por su origen histórico. Se dan también las viviendas que se construyeron legalmente y que ahora no lo son, porque la normativa del momento permitía que se levantaran en suelo no urbanizable en determinadas circunstancias, que luego cambiaron con la aprobación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)». Con ello, las viviendas legales pasaron —y así se consideran en la actualidad— a irregulares.
Régimen distinto
El borrador de decreto que presentó días atrás Josefina Cruz al Consejo de Gobierno prevé dejar a esos inmuebles, indica Gloria Vega, «fuera de ordenación, y deberán tener un régimen distinto al de las viviendas que han surgido tras la LOUA, y que son ilegales desde el primer momento».
Existe, sin embargo, otra variante, es la de aquellas casas que se construyeron en zonas no autorizadas después de entrar en vigor la Ley, pero al haber pasado cuatro años desde que fueron finalizadas, en función de esta normativa no pueden ser objeto de medidas disciplinarias. «La solución es muy problemática. Las viviendas no son legales, no se pueden legalizar, pero tampoco se pueden tirar», asegura la secretaria general.
El decreto aborda todos estos «paquetes» y contemplará en el caso de las parcelaciones la idea es «desarrollar la LOUA, y en el de las viviendas aisladas se prevé el procedimiento específico, en el marco de esa ley, para diferenciar la vivienda que nació legal y se quedará fuera de ordenación, de la que nació ilegal y que no se puede legalizar porque han pasado cuatro años. A estas últimas se les va a reconocer su situación a través de un régimen específico».
Concretando aún más, las casas fuera de ordenación podrá acceder a «una licencia de ocupación», la aspiración de todos los propietarios, ylas ilegales pero que han prescrito y no se pueden demoler, recibirán un reconocimiento que se denomina «asimilado a fuera de ordenación».
Término confuso
Reconoce Gloria Vega que el término es un tanto confuso, pero es el que figura en el reglamento de disciplina urbanística. «Suena como si fuera igual que fuera de ordenación, pero son regímenes diferentes, porque el primero tiene licencia de ocupación y puede acceder a los servicios (luz, agua, etc), y el segundo también dispondrá de servicios», pero con matices, con la fórmula del autoabastecimiento, y ofreciendo el propietario garantías al ayuntamiento en materia de habitabilidad, de seguridad o de vertidos que no afecten al medio ambiente.
«Las viviendas que no se podrán legalizar en ningún caso», subraya la secretaria general, «son la que están en suelos protegidos, las que no están finalizadas (la orden de paralización ha llegado cuando estaban en fase de estructura) y las que están afectadas por la LOUA y no han transcurrido cuatro años desde que fueron terminadas, periodo que marca la Ley para la prescripción. A ninguna de estas viviendas amparará el decreto, por lo que, llegado el momento, tendrán que desaparecer».

26/04/2011 08:58
donde podrìa descargar este decreto.
un saludo y gracias
26/04/2011 18:03
pues no lo se , lo he leido en el periodico, ¿que os parece?
26/04/2011 21:35
Trabajar en su elaboración significa que el decreto no existe.

26/04/2011 22:28
El decreto aún no ha salido pero la misma Junta anuncia aquí su próxima llegada:

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/noticias/detalle/056092.html

Aunque no quieran reconocerlo son pseudo-amnistías que seguramente tienen el objetivo de "sacar algunos cuartos" con el mínimo esfuerzo por parte de la Administración y son tan deplorables como las que aplica Hacienda:

http://www.cincodias.com/articulo/economia/amnistia-fiscal-viejo-debate-vuelve-crisis/20100610cdscdieco_11/

Vamos, que con estas cosas el Estado le está diciendo al que en su día cumplió con la Ley que "ha sido tonto". Eso es lo que me parece a mí.

Un saludo.