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Decomiso e intervencion

1 Comentarios
 
Decomiso e intervencion
07/02/2010 17:07
Buenas tardes, tengo una duda sobre los artículos 5 y 6 de la ley orgánica de represión de contrabando. Concretamente la diferencia entre un decomiso y una intervencion de bienes, no logro ver la diferencia.Gracias
07/02/2010 17:13
La intervención no es más que la simple inmovilización de la mercancía sospechosa en tanto en cuanto se sustancia el procedimiento sancionador que proceda; es decir que la mercancía esta intervenida temporalmente y cautelarmente en espera de la resolución del procedimiento.

El decomiso supone la enajenación, la pérdida definitiva de la mercancía por el propietario, y se produce por resolución sancionadora.

En caso de que el procedimiento sancionador no prosperase la mercancía intervenida podría ser devuelta al propietario, en caso de que se trate de géneros de lícito comercio; no así la decomisada, que pasa a ser propiedad del Estado si es género de lícito comercio, siendo destruída si no lo es.

Saludos.