Hola, tengo una duda respecto la declinatoria. La cuestión es la siguiente: una persona interpone una demanda contra una promotora. Dicha demanda presentaba un defecto relativo a la competencia territorial, ya que se presentó ante el juzgado de primera instancia de lugo, cuando en realidad le correspondía al Juzgado de Monforte de Lemos. Posteriormente, la promotora demandada no formuló la correspondiente declinatoria.
La duda que tengo es que la parte demandada no formuló la declinatoria, y, al no haberla formulado, no sé si podrá alegar esa falta de competencia territorial en su contestación a la demanda como falta de presupuesto procesal.