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declinatoria y rebeldia procesal

1 Comentarios
 
perfil SE6
07/11/2007 12:56
Entiendo que la presentaste conforme a Ley, porque el Art. 63 LEC recoge la opción de presentarla en el domicilio del demandado.
Yo de ti insistiría en el Juzgado del domicilio social para que, aunque haya pasado tiempo, la envíen con urgencia por la vía más rápida; háblalo de palabra con el Secretario, el Juez y el funcionario... en ese orden... y llévate preparado el escrito exponiendo lo que ha pasado y solicitando que se remita con carácter urgente "a los efectos legales oportunos"; sigue el asunto para que hacerte con una copia de la comunicación que el Juzgado haga al otro.
Por otra parte, presenta un escrito en el Juzgado de la audiencia previa, justificando la comunicación de la declinatoria presentada en forma, y solicitando la SUSPENSIÓN del acto de la audiencia previa, invocando el Art. 64 LEC.
Yo de ti buscaría algo de Jurisprudencia para meterla en el escrito.

Espero que tengas más sugerencias, además de ésta.
Mucha Suerte. Un saludo.
Declinatoria y rebeldia procesal
05/11/2007 19:48
Buenas tardes:

Demandaron a un cliente (persona juridica) en el domiclio del administrador. Interpuse la declinatoria en el Juzgado del domicilio social; me llegó una providencia diciendo que había pasado el plazo para contestar y me declaraban en situación de reveldía. Fui al Juzgado y me dijeron que no habían enviado (por olvido) al Juzgado donde se conoce el asunto la declinatoria (por ello me declararon en situacion de reveldía)

Presenté recurso de reposición contra la providencia que me declaraba en situación de reveldía aportando la declinatoria, y me lo han desestimado, diciendo que se notificó a la empresa (domicilio particular del administrador), y que no se debería haber interpuesto la declinatoria donde la puse (es el domicilio social de la empresa). De hecho, la demandante había interpuesto antes un monitorio en el Juzgado del domicilio social y lo retiró porque éste iba muy lento, por lo que la propia actora sabía qué Juzgado era el competente.

Ahora estoy en situación de reveldía, y la semana que viene tengo la Audiencia Previa. Entiendo que no puedo instar nulidad de actuaciones proque no cabe recurso ninguno contra el auto que resolvió el recurso de reposición. ¿Se os ocurre alguna cosa que hacer? Muchas gracias