Acabo de hacerlo hoy. No se plantea la declinatoria en el escrito de contestación, sino que se solicita suspensión del plazo para contestar hasta que finalice el incidente. La mera contestación supone reconocer la competencia territorial del tribunal, lo cual no puede coexistir con una declinatoria. En mi caso, reclamaban a mi cliente una cantidad de dinero que los demandantes decían haber pagado por un accidente de tráfico provocado por mi representada; pero yo alegué que se trataba de una acción de repetición que ha de ventilarse en el domicilio de la demandante, y no una propia acción indemnizatoria surgida de un accidente de tráfico.
Para los más familiarizados con la práctica, ¿conocen casos en los que se haya presentado declinatoria de competencia en el mismo escrito de contestación?