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Declararse culpable o negarlo todo

8 Comentarios
 
Declararse culpable o negarlo todo
28/09/2008 00:33
Buenas noches,me llamo Marcos y qusiera pediros ayuda para un buen tipo,aunque a veces mete la pata,no se merece pagar nada y ahora veréis por lo que os lo digo.
Ocurrió hace un par de días en Sevilla,éste chico rompió con unos alicates las alarmas de dos prendas,unos 100€ sería el valor de dichas prendas,pues después de tenerlas en su poder y habiéndose deshecho de las alarmas,al poco tiempo se arrepiente y temiendo de que lo pillaran se va hacia un probador,suelta las prendas y sale del centro comercial.
Una vez en la calle lo detiene un guarda de seguridad,le dice que le acompañe y todo lo demás....
Lo único que tenía encima eran los alicates y las llaves del coche,le dicen que igualmente lo van a denunciar y que se va a comer un buen "marrón".
Tiene una citación para un juicio el día 2,se le acusa por Tentativa de Hurto y Daños,ya sé que no se merece un premio este chico,aunque se arrepintiera y no se pensara llevar nada al final,pero me gustaría ayudarle para que tampoco le pasara nada,es muy buen tipo a pesar de todo.
Os pregunto: ¿Que es lo mejor que debe hacer...??¿Declararse culpable,o negarlo todo como hizo desde un principio...??? ¿Le repercutiría en algo no presentarse al jucio a la hora de la sentencia...???
Casi no tiene dinero,ni trabajo y está preocupado por el juicio.
¿¿Qué es lo mejor que puede hacer ????
Saludos y grácias de nuevo
28/09/2008 10:15
Debe ir al juicio, por su bien; de lo contrario, las consecuencias pueden ser peores.

SI no existe ningun testigo directo de los hechos, que lo niegue. Si por el contrario existen pruebas, ya sean testificales, ya sean grabacion de imagenes, que lo reconozca, la pena no es grave, en principio.


lawteo@yahoo.es
28/09/2008 13:25
puede que me este equivocando, pero, por lo que yo tengo entendido, creo que de lo unico que se le puede acusar es de daños, por las alarmas rotas, y tendria que pagarlas.

creo que la acusacion de tentativa de hurto no es cvalida. tentativa de hurto es si te pillan con las prendas dentro del centro comercial, si te pillan fuera, con las prendas, seria hurto consumado.

pero si te han pillado fuera del centro comercial, sin prendas, no es tentativa de hurto, ni es hurto en grado consumado ni es nada.

lo que si que hay son los daños de las alarmas, que no son muy caras. lo que no se es si habra multa.

las multas por tentativa de hurto son de entre 3 y 12 euros al dia (creo), de uno a dos meses, (casi siempre un mes), y los euros dependerian del nivel economico del acusado (nunca del valor del objeto).

lo que pasa, es que si no hay tentativa de hurto, porque lo pillaron fuera del edificio y sin prendas, pues no tengo ni idea del baremo que usaran para multarlo.

mas vale que tu amigo se centre mucho en demostrar que salio del edificio sin nada, no sea que los guardias mientan y digan que lo pillaron fuera con prendas para cargarle el marron.
28/09/2008 13:32
por cierto, como ha sido en un entro comercial, ha veces los guardias tienen tantos juicios de denuncias que pasan de ir a algunos, si esto sucediera, o sea, que si el acusado acude al juicio, pero la parte acusadora no aparece, que tu amigo se declare inocente, que niegue todo de lo que se le acuse puesto que la parte acusadora no esta prsente para rebatirle con su palabra, en ese caso quedaría absuelto. por cierto, que no se le ocurra llegar ni un minito tarde al juicio, o lo habran celebrado sin el y es peor.
30/09/2008 11:44
Buenos días y muchas grácias por vuestras respuestas a mi mensaje.
Debo entender que la denuncia por Tentativa de Hurto es errónea.
¿ Qué debe hacer o qué le debe decir al juez sobre el error de la denuncia ??
Ni la misma policía supo en su momento por qué le debían denunciar
30/09/2008 12:42
pues la verdad no lo se, pero date cuenta de que los seguratas podrian denunciar mintiendo, diciendo que lo pillaron fuera con las camisetas, para que pueda ser tentativa de hurto, es decir, vete unas paginas atras y leete otros hilos que se han escrito acerca de hurtos de ropa, por si acaso al final hubiera denuncia por hurto.

yo es que no tengo ni idea del procedimiento.

lo primero, ¿sabes si realmente los seguratas fueron a denununciar?¿creeis que podriais preguntarles a los policias si hubo denuncia, y en qué terminos se puso la denuncia?

a lo mejor a tu amigo resulta que no le llega nunca ninguna citacion judicial...porque si no se sabia ni lo que denunciar...

en caso de que llegue la citacion, entonces ya vereis de que se le acusa exactamente, que si lo han hecho sin mentir, creo que no sera de nada gordo, denuncia por daños supongo (si es que este termino existe, me parece que si), por las alarmas y no mas.

podriais iros a preguntar al juzgado, y con un poco de suerte alguien de alguna oficina tendra la bondad de informaros. yo tuve la suerte de toparme por el pasillo con un juez que me ayudo mucho.

siento no poder ayudarte mas, por cierto, te pido un favor, cuentanos como se desenlaza al final la historia.
30/09/2008 14:33
Habría que saber por qué desistió de hurtar esas prendas, si fue por propia voluntad o por la voluntad de terceros, no olvidemos que si fue tentativa estaría penada por serlo contra la propiedad.

Por lo demás tenemos los daños en las alarmas, por los que también tendrá que responder.
03/10/2008 23:01
¿puede detenerte un simple guardia de seguridad EN LA CALLE?
¿Qué ocurre si el presunto hurtador se niega a acompañarle?¿puede obligarte, legalmente quiero decir?
03/10/2008 23:33
Han reeditado el post inicial, en el que se decía que todavía no había llegado citación judicial.

Supongo que el motivo es que nuestro kerido kaonero no a vuelto a aparecer para darnos los datos tan interesantes que necesitábamos, y se ha estimado oportuno modificar el post inicial para que haya una cuestión jurídica interesante que debatir, poque la verdad, el muchacho, vaya gracia que nos ha hecho no volviendo a aparecer.

El tema este de si un guardia de seguridad te puede detener, es muy controvertido, también se habla de si los dependientes pueden hacerlo, y lo que yo tengo entendido es que sí pueden, siempre y cuando tengan un indicio. De echo, cualquier ciudadano de a pie te puede retener si has hecho algo malo, pongamos por ejemplo, das un tirón a un bolso y corres, cualquier ciudadano te puede retener contra tu voluntad para detenerte, no hace falta sacarse un título de segurata para que sea legal.

Si a tí te retienen en la calle, y luego resulta que no llevas nada encima, ni tienen pruevas de que hayas echo algo malo dentro, me parece que en ese caso le puedes denunciar por secuestro, pero no estoy nada segura. De todas formas, se supone que por éste mismo motivo, porque se arriesgan a que los denuncies por secuestro, es por lo que sólo te retienen cuando saben que has hecho algo malo, si no no se arriesgan.