Hola. Soy un autonomo y hace 3 años solicite una ayuda para el establecimiento de trabajador autónomo que daba el servicio regional de empleo de la Comunidad de Madrid. La ayuda consistía en realizar una inversión de más de 6000€ y al cabo de dos años me iban a devolver ese dinero (Parecido al pago único). En 2009 recibí la ayuda y en la declaración de IRPF de este año no incluí este importe pensando que como era un dinero que provenía para la ayuda al empleo no era necesario declararlo. Ahora me llega una rectificación de hacienda indicándome que tengo que declarar este dinero y me lo ponen en la casilla 310 de subvenciones o ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Mis preguntas son dos:
¿Es obligatorio declarar esta ayuda?
En el caso de que así sea, ¿en que casilla tengo que incluirla? en retribuciones dinerarias, retribuciones en especie, en otra casilla? o es correcto lo que dice hacienda en la casilla 310?
Muchas gracias
Tener que declarar, pues si, todo se declara. Lo que pasa es que entiendo que es una subvención al capital a declarar en rendimientos de actividades economicas porque entiendo que es una subvencion a la promocion de empleo autonomo.
Incluso te diria que si la percepcion de la subvencion fue con mas de dos años de posterioridad al reconocimiento al derecho a percibirla, tienes derecho a deducirte el 40% por ingreso irregular en el tiempo
segun la ley de IRPF, en rendimientos por actividades economicas, en concepto de otros ingresos:
"Subvenciones y otras ayudas públicas percibidas en el desarrollo de la actividad. Por lo que respecta a la imputación temporal de las subvenciones, es preciso distinguir entre subvenciones de capital y subvenciones corrientes:
- Las subvenciones de capital, que tienen como finalidad primordial la de favorecer la instalación o inicio de la actividad, así como la realización de inversiones en inmovilizado (edificios, maquinaria, instalaciones, etc.), se imputan como ingreso en la misma medida en que se amorticen los bienes del inmovilizado en que se hayan materializado."
Busca un asesor fiscal rapidamente porque entre las rectificaciones, intereses de mora, etc, se te puede liar mucho, y que vea las clausulas de concesion de la ayuda, porque eso de la vivienda habitual es muyyyy raro
Finalmente en hacienda me informaron y es exactamente dónde me dijiste: en otros ingresos, dentro de actividades económicas. Ellos no sabían exactamente el concepto de la ayuda y la pusieron en subvención por vivienda.
El reconocimiento de la ayuda fue un mes antes de recibirala aunque la habia solicitado 2 años antes por lo que no tenía derecho a deducirme nada por ingreso irregular.