Me surge la siguiente duda sobre la declaración a Hacienda de un piso que tengo arrendado.
Varios matices; Tengo poderes sobre el inmueble y el contrato está firmado a mi nombre. Por otra parte el ingreso de las mensualidades van a parar a una cuenta conjunta entre el propietario del inmueble y yo (apoderada).
¿Quién tiene/puede declarar el inmueble (propietario o apoderado)?
¿Podría ser solo el apoderado?
¿Podría ser mitad y mitad (propietario y apoderado)?
¿Los gastos deducibles como seguros, IBI y demás, ¿también irían a medias?
Debe declarar cada uno de los dos las cantidades que verdadera y realmente percibe del alquiler, con independencia de su condición de dueño o de apoderado.
Las cantidades que perciba por ser apoderada deberán estar respaldadas por un contrato de prestación de servicios y respaldadas por factura, o podrían considerarse donaciones.
Los gastos, según el acuerdo al que hayan llegado, en principio yo los considero solamente del propietario ¿reparten según el rendimiento bruto o el neto?
Sin perjuicio de opinión fundada en mejor derecho.