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Declaración/legalización obra nueva - hipoteca edificación rústica

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Declaración/legalización obra nueva - hipoteca edificación rústica
04/01/2018 12:04
Buenos días,

Mi consulta concierne a la legislación hipotecaria vigente, si bien mi interés principal es práctico, teniendo que ver con la posible concesión de un préstamo hipotecario sobre una construcción rústica.
En efecto, estoy interesado en adquirir como vivienda principal una casa situada en un predio bastante alejado del pueblo más cercano y que hasta hace poco era objeto de un aprovechamiento cinegético. La construcción viene desglosada tanto en el recibo del IBI Rústica como en su insripción catastral, pero no por ello deja de tener naturaleza rústica.
Después de que mi banco me diga que ni ellos ni ninguna otra entidad hipotecan propiedad rústica alguna, en una inmobiliaria me dicen lo contrario. Más concretamente, una construcción consolidada y declarada en el Registro de la Propiedad, se me dice, puede ser de hecho constituida en hipoteca, si bien comúnmente sólo hasta el 60% del importe de la compraventa o de la tasación.
El propietario del terreno y de la construcción es albañil, y me dice que en el pasado, hace años ya (y, por tanto, antes de la modificación de la Ley Hipotecaria en 2015), él ha intervenido en el proceso de legalización de construcciones levantadas sobre suelo rústico a lo largo de años y según las disponibilidades del dueño-constructor. Me dice también que podríamos ir al notario a otorgar escritura de obra nueva a favor de los actuales propietarios (él y sus hermanos) para a continuación escriturar la compraventa a mi favor antes de inscribir a mi favor y en mi nombre el terreno y la edificación en el Registro de la Propiedad.
Mis dudas son:
1-El procedimiento que acabo de exponer, ¿es correcto, según la descripción que del mismo me hace el propietario?
2-¿A cuánto ascenderían los gastos de todo tipo en una legalización tal como la descrita?
3-La edificación, no obstante, continúa siendo rústica, no urbanizable, por más que se legalice e inscriba a mi nombre en el Registro, ¿no?
4-Aunque éste es un asunto meramente de práctica bancaria, ¿incidiría dicha legalización en la postura de ningún banco de los que operan en el mercado hipotecario en el sentido de decidirse a concederme un préstamo hipotecario para la adquisición de la propiedad, aun si sólo se me financia el 60% de la operación?

Muchas gracias.