La cuetión que planteo es la siguiente:
Adquisición de una vivienda en el año 1998, mediante prestamo hipotecario, en el 2005 se cancela dicho prestamo y se subroga uno nuevo, para la misma vivienda, con otra entidad bancaria, el primer banco facilita únicamente para la declaracion de la renta una hoja con el total del principal e intereses cancelados, como consecuencia de la subrogación,¿Que cantidades es deducible en la declaración?
Muchisimas gracias anticipadamente.