Me dirijo a Uds. para plantearles la siguiente cuestión.
Acabo de conseguir que me aprueben el subsidio para mayores de 52 años, después de muchos años sin poder acceder a ningún tipo de subsidio para desempleo y quisiera saber que tipo de declaración me convendría hacer si la conjunta o la individual. Hasta el año 2017 he realizado la individual por que he ido rescatando un seguro de pensiones, pero el año 2018 ha sido diferente.
Este subsidio exige entre otros requisitos que el beneficiario no tenga ingresos superiores a 675 euros mensuales, ingresos que no tengo.
Si hago la conjunta a mi marido le sale a devolver.
Gracias de antemano.