Cuando haga la venta deberá tributar la ganancia en el ejercicio en renta del año que se haga efectiva la venta. Al no ser ya vivienda habitual no tendrá exención tributaria por ser mayor de 65 años. De todos modos si la vivienda es comprada en 1967, sí que como es lógico va a haber una gran diferencia entre valores de adquisición y venta, pero habrá una reducción por coeficientes aplicable a viviendas adquiridas antes de 1994 que le rebajará considerablemente la carga fiscal de la venta.
Buenos días. Mi consulta es sobre mi suegro, que vende una vivienda (había sido su vivienda habitual, pero desde hace años ha estado alquilada y él vive en otra provincia en una casa propiedad de mi esposa y su hermana que ahora es su vivienda habitual). Además de la plusvalía municipal, no tiene claro si cuándo haga la declaración de renta debe incorporar ese incremento de patrimonio.
Es una vivienda comprada en 1967 y el incremento será significativo. Él está jubilado y tiene 89 años.
La vivienda está en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) y él vive en Alcalà de Xivert (Castellón).