La obtención de la Incapacidad Permanente absoluta, es totalmente distinto a la obtención del reconocimiento de minusvalia, dicho requisito deberas de obtenerlo ante los Servicios Territoriales de tu Comunidad Autonoma, en la Consejria que le corresponda dichas funciones.
En este caso, una vez tengas reconocido el porcentaje lo podras aplicar a las diversas ventajas que ello conlleva.
Hola
Una persona ha obtenido la declaracion de "incapacidad permanente absoluta", aunque en la misma no expresa el grado de minusvalia,¿sirve dicha declaracion para desgravar en el IRPF, Impuesto de sucesiones, etc al menos como si fuera una minusvlia entre el 33% y el 65%? ¿en que normativa se recoge?
Muchas gracias.