Eso es lo correcto,a cada uno lo que le corresponde, no deberia poder prorogarse indefinidamente situaciones de privacion de propiedad en un estado de derecho.
Partiendo de que seguramente falten muchos datos y entendiendo asimismo la que pueda ser su situación, anasolo, cons todos mis respetos, no se puede pretender vivir o continuar viviendo en una casa que, al fin y al cabo, no es de uno.
Si no me equivoco, como le dicen, con la mayoría de edad de su hijo cesan tanto la custodia como la patria potestad.
Asique, supongo, que aquí un psicosocial???????
Vamos, no le puedo asegurar que no se haga, porque sinceramente lo desconozco.
Pero entiendo que el procedimiento habría de ser otro.
En cualquier caso, insisto que aun entendiendo su situación sea y/o haya sido precaria, sin opciones de adquirir o alquilar una vivienda propia, que la vivienda vuelva tarde o temprano o temprano de una manera a otra a su dueño sería lo más lógico, no????????
De la misma manera que el padre ha estado viviendo con sus padres siendo él el propietario, quizá ahora pueda hacer usted lo propio en caso de no disponer de otras opciones.
A los 18 años, como regla general acaba tanto la patria potestad como la custodia de los hijos. Si la casa es privativa de el yo considero que no tendría relevancia con quien quiera vivir tu hijo, en principio la casa debería ser para el a menos que el juez te la conceda por estar más necesitada de protección
PARA ABOGATO. o a quien me pueda contestar:
DICE que a los 18 años acaba la patria potestad, y la custodia no? tengo entendido que en el código civil también dice que acaba la custodia a esa edad, no sé si he leído bien. Gracias
PARA ABOGATO, que me ha contestado antes, el tema es que el padre sé por mi hijo que quiere reclamar el piso privativo donde vivimos ya que él vive con sus padres, y quiere a la mayoría de edad del hijo, yo salga de la casa y me vaya al piso de mis padres., ESA ES MI DUDA, SI MI HIJO QUIERE SEGUIR CONMIGO, NOS PUEDE ECHAR DE LA CASA Y QUE YO ME VAYA JUNTO A MI HIJO A CASA DE MIS PADRES? la casa familiar es privativa de él.
El hijo no se encuentra incapacitado judicialmente ni nada así no? En principio a los 18 años se sale de la patria potestad y por tanto tiene libertad para vivir con quien quiera, puede tener relevancia la pregunta de cara a satisfacer los gastos de manutención, estudios y demás; me refiero al derecho de alimentos.