Antes de pensar en la declaración de ruina, deberías consultar con un aparejador o un arquitecto que vivite y estudie el inmueble, ya que no todos los edificios con apariencia de ruinosos lo son y los costes de reparación, si no hay ruina son a costa del propietario de la finca.
Tengo una finca urbana con arrendamientos regidos por la Ley del 64,que por supuesto me dan una renta infima.Ahora la casa esta ruinosa y los inquilinos desalojados,tengo entendido que si obtengo declaracion de ruina puedo resolver los contratos.Que tal es el procedimiento para obtenerla?Merece la pena meterse en abogados o es relativamente sencilla?Como de agil es este procedimiento?Gracias!