Perdón, rectifico mi mensaje anterior: buenas noticias porque no había tenido en cuenta el cambio legislativo a partir del 1-1-2013.
Dado que la venta se hizo antes de transcurrir un año desde la compra, podrás compensar la ganancia y la pérdida por lo que solamente tributarás por 45.995,82 - 22.550,82 = 23.445.
Espero no haberte asustado con mi mensaje anterior.
No sé si al final habrás ganado algo o más bien lo contrario.
Por una parte, tienes que computar unos ingresos por ganancias patrimoniales, en la base general, de 45.995,82.
Por otra computarás unas pédidas patrimoniales, en la base de ahorro, de (45.995,82 550) - 23.500 = 22.550,82 €.
La faena es que la pérdida patrimonial no puedes compensarla con la ganancia de 45.995,82. Solamente puedes compensar con ganancias que vayan a la base del ahorro del año 2013 o, si no es posible, de los 4 años siguientes.
En el mes de Enero de 2013 he ganado un automóvil Ford Kuga Titanium , el cual me fue entregado a principios de Abril, después de abonar 550 euros por su matriculación. Dicho automóvil lo deje en el concesionario para su venta, la cual se realizo el dia 3 de Mayo. Su valor es de 37980.02 euros mas 7975.80 de ingresos a cuenta, total 45995.82 euros. Yo lo he vendido por 23500 euros y quisiera saber si el incremento patrimonial es la diferencia entre 45995.82 y los 23500 euros de la venta.
Muchas gracias por anticipado.
En el mes de Enero de 2013 he ganado un automóvil Ford Kuga Titanium 2.0 TDCI, el cual me fue entregado a principios de Abril, después de abonar 550 euros por su matriculación. Dicho automóvil lo deje en el concesionario para su venta, la cual se realizo en dia 3 de Mayo. La Ford me indica que su valor es de 37980.02 euros mas 7975.80 de ingresos a cuenta, total 45995.82 euros. Yo lo he vendido por 23500 euros y quisiera saber si el incremento patrimonial es la diferencia entre 45995.82 y los 23500 euros de la venta.
Muchas gracias por anticipado.
Mi pregunta es un poco especial....necesito que me ayuden.
Me casé en 2011 en régimen de gananciales, tengo una hija de 13 años que no es hija biológica de mi marido (anteriormente ni él ni yo habíamos estado casados) siempre ha vivido conmigo aunque tiene los apellidos de su padre de él no percibo ningún tipo de pensión por alimentos. Ambos trabajamos, para rizar más el rizo, desde Agosto de 2013 somo propietario de un piso. A la hora de realizar la declaración de la renta cómo tenemos que hacerlo? Muchas gracias.