En ésto sí puedo ayudarte, no como en Dº Penal q estoy más verde q los lirios. Como bien dice el post anterior, es un mero trámite. Lo q sí te puedo decir es q en mi ciudad, dependiendo del Juzgado en el q se tramite la declaración, me exigen o no llevar pliego de preguntas, así es q te aconsejo q lleves pliego con preguntas por si las moscas. Y en el pliego de preguntas únicamente harás las siguientes a los testigos (con dos es más q suficiente): si conocían al fallecido, si les consta q falleció en estado de soltero y sin descendencia, si les consta q los únicos herederos son los promotores de la declaración de herederos y nada más. En el caso de q no te pidan dicho pliego de preguntas en el Juzgado, será el funcionario de turno el q hará exactamente las mismas preguntas q yo te acabo de indicar. Así q dí a tus testigos q se limiten a decir a todo q sí y listo. Una vez terminado el plazo de prueba el procedimiento pasa el Mº Fiscal para q informe (habitualmente no se opone si todo está debidamente acreditado) y posteriormente se dictará el Auto declarando herederos.
Espero haberte servido de ayuda. Si tienes cualquier otra duda, pues pregunta. Un saludo.
Yo hice una vez una, en mi caso fue ante el funcionario en el negociado, yo llevé a dos testigos, entró uno y luego el otro, y les preguntaron que si conocián al heredero, que de que, que si sabía donde vivia y que si sabían de la existencia de algún otro heredero y poco más , al heredero no le preguntaron nada, no te preocupes es un mero trámite.
hola a tod@s,
dentro de unos días tengo que ir con unos clientes y con los testigos que éstos llevan , para la declaración de herederos. Nunca he ido a ningún acto de este tipo, y aunque me imagino que será similar el proceso a la declaración notarial, si alguien me puede decir cómo se desarrollan este tipo de actuaciones se lo agradecería.
Gracias.