Una pareja de hecho solo puede acceder a la modalidad "conjunta" de declaración si hay hijos comunes: uno de ellos la hace conjunta con sus hijos (todos) y el otro, individual.
Herencias y Seguros, de donde has sacado eso. La declaración conjunta, si no hay hijos, sólo se admite en caso de matrimonio, y eso es normativa estatal.