Sbar, entiendo que sí compensa, en términos generales. No obstante, sería conveniente que plantearas el caso concreto a un profesional que, a la vista del activo y del pasivo, te oriente adecuadamente.
Quiero iniciar una declaración de concurso "familiar" por deudas acumuladas en créditos (no hipotecario) en referencia a una persona física. Quería saber si una declaración de insolvencia en un proceso paralelo puede alegarse como fundamento de la peticion y si en su caso, es posible la petición al no poder hacerse frente a los pagos bancarios en un futuro próximo -y al no tener propiedades tampoco que se puedan embargar-. ¿Compensa realmente iniciar este proceso?. Gracias por anticipado.