Sé que deben incluirse las mensualidades no cobradas como rendimientos inmobiliarios y que una vez que pasen 6 meses puedo deducírmelos como gasto pero ¿cuando me imputo ese gasto si el impago y el cumplimiento de plazo es en años diferentes?
Por ejemplo: no cobro en diciembre 2012, y el plazo de 6 meses se cumple en junio 2013. La declaración ya está presentada. ¿Hago declaración complementaria 2012?, ¿me imputo el gasto deducible en el ejercicio 2013?