Buenas tardes: solicito ayuda u orientaci?n. Se trata de este procedimiento finalizado, con 15 herederos sobrinos de la fallecida (tutelada por el AMTA) y 1 hermano tambi?n fallecido a posteriori. La herencia un bien inmueble alquilado por el AMTA cuyo contrato vence el a?o que viene, sin m?s cargas. Se tratar?a de mantener el alquiler hasta el t?rmino del contrato, finalizado el cual se tratar?a de ponerlo a la venta y repartir su importe entre los herederos.
Qu? actos, servicios, impuestos...... ser?an de obligado cumplimiento? Cual el modo-m?todo m?s sencillo y econ?mico?
Muchas gracias por la atenci?n,
Con la declaraci?n de herederos, tienen ahora que proceder a:
- realizar en documento p?blico la adjudicaci?n de la herencia;
- liquidar plusvalia (municipal) y sucesiones (autonomico), en ambos casos el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento (se puede pedir prorroga de otros 6);
- inscribir en el registro de la propiedad.
Cuando la vendan:
- liquidar de nuevo la plusval?a (si ha pasado m?s de un a?o)
- tributar por la ganancia patrimonial obtenida, a trav?s de la siguiente declaraci?n de la Renta (IRPF)
Buenas tardes mark9, necesitaba preguntarle, hay alg?n plazo m?ximo marcado entre la resoluci?n de la declaraci?n de herederos abintestato y la adjucidaci?n de la herencia o aceptaci?n en documento?
Adem?s, ya han pasado de momento 16 meses desde el fallecimiento, sabe vd cual suele ser el recargo que se aplica en los impuestos, contando que es posible esto se demore a?n alg?n tiempo m?s?