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decisión urbanismo

3 Comentarios
 
Decisión urbanismo
16/01/2013 17:17
Hola, Primero de todo gracias por leer mi mensaje. Intentaré ser breve.

El caso es que hace 5 meses pagué casi 80.000 euros por un traspaso de un pub/cafetería.

El caso es que la vecina de arriba, no para de poner denuncias porque dice que se oye mucho en su piso, a pesar de que he suprimido la música y mi clientela es bastante civilizada.

Tras muchas denuncias me han venido los de urbanismo y tras hacer una medición me dicen que me tienen que cerrar el local puesto que no cumple con las normas.

Decir que tengo la licencia que ese mismo ayto me concedió no hace ni 3 meses. no es eso un sin sentido? Si me dan la licencia se supone que es pq cumplo con la legalidad, no ?

Estoy muy chafada puesto que no solo está en peligro mi inversión de ahorros de toda la vida, sino que aparte me han amenazado con que la multa puede llegar a los 10.000 euros.

Por favor podríais decirme qué debo hacer o por dónde debo tirar? Por lo visto el local tiene muchas denuncias al antiguo propietario al que le pagué el traspaso, de esto me he enterado esta semana.

Gracias por todo, cualquier idea u opinión será muy importante para mi.
16/01/2013 18:14
Estimada Usuaria:

Como Vd. bien manifiesta ( y supongo que se estará refiriendo a la licencia de actividad/apertura de su bar) la posesión de un título administrativo habilitante para el ejercicio de una actividad, como es el caso de una licencia, da por sentadas que el local cumple con la normativa vigente, ya que precisamente dichas licencias tendrán por objeto asegurar que los locales e instalaciones reúnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad, en particular la protección contra incendios y la salud y seguridad laboral.
En este supuesto algo se me escapa, quiero decir, posee ese local realmente la licencia de actividad/apertura de manera definitiva o provisional..? o tan solo la de obras…? Fue necesaria la realización de obras en el local (posteriormente al traspaso) y dichas obras no han sido objeto de petición de licencia..? o acaso esas obras se ejecutaron en contra de lo establecido en la documentación presentada ante el Ayuntamiento..?
Pero si el local cuenta con licencia de apertura, de obras y las mismas se realizaron conforme a proyecto, parece altamente contraria la actuación que está realizando el Ayuntamiento , sinceramente se lo digo.
Esperando haberle sido de utilidad, quedamos a su disposición en el mail:
edilocalabogados@gmail.com

Reciba un cordial saludo
Buendas tardes Elena, del contenido de su consulta parece que el Ayuntamiento le concedió licencia de actividad clasificada para bar/pub y que, ahora, con posterioridad a su otorgamiento, la propia Administración aduce un incumplimiento de la normativa de ruidos.

Pues bien, de entrada le comento que esta licencia resulta exigible en aquellos casos de actividades que puedan resultar molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Y ello con el objeto de prevenir y reducir en su origen emisiones contaminantes al aire, agua y suelo, así como la comprobación de su adecuación a la normativa urbanística y a la normativa de seguridad, sanitaria, ambiental y aquellas que resulten exigibles.

Por ello, junto a la solicitud de esta licencia debe acompañarse una documentación consistente en el Proyecto y una Memoria descriptiva de la actividad y su repercusión en el medio ambiente -con especial referencia a los residuos, emisiones contaminantes, ruidos, vertidos, riesgo de incendios-.

En este caso, según se desprende de su consulta parece que el Ayuntamiento consideró que el Proyecto se adecuaba a la normativa urbanística y ambiental y, por ello, concedió la licencia.

Pero debe tener en cuenta que se trata de controles sobre el funcionamiento y, por tanto, de tracto continuo, de modo que dicho control se mantiene vivo durante el tiempo que dura la actividad, lo que permite a la Administración exigir una permanente adecuación de la actividad a las condiciones medioambientales exigibles.

Por tanto, el control no se agota con el otorgamiento de la licencia sino que resulta permanente en el tiempo, de manera que, en caso de incumplimiento, la Administración puede, en cualquier momento, imponer las medidas adicionales o sancionadoras, incluida la revocación de la licencia.

Este es el régimen aplicable a las licencias de actividad, pero para poder ofrecerle una respuesta más exacta resulta necesario conocer el alcance de la licencia, si cuenta con licencia de inicio de actividad, y el contenido del posterior expediente incoado por el Ayuntamiento.

Espero que mis indicaciones le sirvan de ayuda.

abogadourbanismoymedioambiente@gmail.com


17/01/2013 12:03
Elena, tengo la sensación de que estás equivocada.

Aceptar el traspaso de un pub/cafetería y la concesión de licencia actividad dos meses después no me parece sea congruente.

Si se traspasó el local con licencia en vigor, la comunicación al ayuntamiento del cambio de titularidad era trámite suficiente. Podría ser que eso, y no otra cosa, es lo sucedido. Considero que deberías comprobar, antes de achacar responsabilidades al ayuntamiento, que la actividad desarrollada actualmente en el local es concordante con la que fue objeto de licencia original y si esa licencia estaba incluida en el traspaso.

Dependiendo de cual sea la situación sólo tienes dos posibilidades, adaptar la actividad a la licencia objeto de traspaso o, adaptar el local a la actividad realmente desarrollada. La necesidad de esto último conllevará la necesidad de presentar un proyecto técnico que refleje la realidad existente, incluidas las adaptaciones que sean necesarias realizar para evitar molestias a los vecinos y obtener licencia para esa actividad.