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Debo pagar

4 Comentarios
 
Debo pagar
11/03/2011 10:45
Mi padre falleció y dejo testamento del uno para el otro, dejando usufructo universal a la viuda.
Los hijos debemos pagar el impuesto de sucesiones si no hemos recibido nada
En Madrid.
Los hijos debemos pagar plusvalia al Ayuntamiento?
El recibo del Ibi, al ser la casa propiedad en 50% al fallecido y 50% viuda, y no cambiar de dueño sino que el 100% es de la viuda, se debe cambiar el titular del recibo? En el registro de la propiedad hay que comunicar que el titular del 50% ha fallecido? Hacen cambiar las escrituras?
Gracias
11/03/2011 11:21
Os conviene asesoraros en una notaría porque, finalmente, tendréis que hacer una escritura pública.
11/03/2011 12:57
Si tu madre es usufructuaria, ¿quién tiene el pleno dominio? o sea, quién pasa a ser el propietario de la vivienda? ¿Vosotros, como hijos no habeís heredado nada?
Estoy de acuerdo con lo que te aconseja Juan S,
tendreis que ir a una Notaria para hacer una escritura de aceptación de herencia.
11/03/2011 13:05
En principio si uds. no tienen intención de vender o transmitir de cualquier forma la vivienda no estarían obligados a hacer escrituras de herencia. Pueden dejar esto para más adelante (p.ej. al fallecimiento de su madre).
Pero a lo que sí están obligados es a pagar la plusvalía municipal y liquidar el impuesto de sucesiones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante. No obstante, en cuanto al impuesto de sucesiones, no tendrán que pagar pues prácticamente está suprimido de padres a hijos.
De todo esto se puede informar en la web www.aherencias.es
Saludos
11/03/2011 19:06
No conoceís la clausula Socini?? el testamento uno para el otro de toda la vida