Aquí hay que diferenciar entre el obligado al pago de la tasa o "contribuyente" que, en este caso, es quien se beneficia del servicio (si el piso está arrendado es el arrendatario) y entre el "sustituto del contribuyente" que no es otro que el propietario del inmueble. Para el caso que nos ocupa de un inmueble alquilado, el Ayuntamiento va a exigir el pago al propietario pero éste puede y, podemos decir que debe, repercutir lo pagado por la tasa al inquilino.
Quien es contribuyente y quien es sustituto viene definido en la Ordenanza Fiscal municipal de la Tasa de Servicios y Actividades relacionadas con el Medio Ambiente.
Nuestra empresa, que esta domiciliada en Zaragoza, y no tiene delegación alguna en Navavarra, se dio de alta en el IAE de esta Comunidad, en el municipio de Tudela. Y hemos recibido una carta de la Mancomunidad de la Ribera, donde nos exige el pago de la Tasa de Recogida de Basuras por Residuos NO DOMICILIARIOS. ¿Esto existe?
Hace un año alquile un local y en el contrato se puso que me hacia yo cargo de todos los gastos, incluidos la contribucion que hasta ese momento se estaba pagando que era de 40'28 €. En principio no queria pero el propietario (en esta caso el president de la asociacion), me dijo que sería mejor así ya que ante los socios quedaría mejor si me hacia cargo de todos los gastos. Accedi a ello y dije que estaba de acuerdo que tambienaceptaba. ¿Cual es mi sorpresa? que este año viene la contribucion con 800 € que es lo que corresponde pagar. Segun me dicen ellos esque cuando se firmo el contrato aun no estaba dada de alta y por eso se pagaba tan poco, pero que yo me tengo que hacer cargo de los 800 € porque firme el contrato que pagaría yo la contribución.
MI pregunta es: Tengo yo que pagar esa cantidad cuando en esos momentos no se pagaba?, ni rezaba ningún documento que lo expresará.
racias
Juanes33, la contribución (IBI) es un impuesto que normalmente paga el propietario del inmueble, es cierto que algunos aprovechados consiguen que el inquilino lo pague, ahora bien, no creo que usted deba hacerse cargo de los años anteriores en los que no pagaron IBI, consulte en Hacienda (oficina recaudadora) ahí le orientarán.
Si accedió a pagar el IBI, debería pagar a partir del año en el que alquiló dicho local.
Qué jeta tienen algunos.
saludos
Isolda, esque el tema es que eso es lo que se pagará cada año de contribución. lo que ocurre es que esta asociación no sabian que era eso lo que se tenía que pagar y a mi cuando firme el contrato me dijeron que estaban pagando solo los 40'28, que efectivamente yo vi el recibo. Donde esta el problema es que pagaban solo eso porque aun no habían declarado ellos la casa, pero al legalizarla pues es cuando ha venido todo el impuesto completo, pero claro yo puedo demostrar mediante copia de recibos que cuando yo firme el contrato lo que se estaba pagando por año era solo 40'28 y no los 800 que me dicen que pagan ahora. Entonces mi pregunta es ¿debo yo de pagar una cantidad de dinero que no se me hizo saber antes de firmar el contrato, además quedando justificado por recibo y en el libro de actas que nunca se habia pagado esa cantidad?. Es que me ha comentado un amigo que la ley recoge que no me tengo que hacer cargo de los gasto que hasta ese momento no se pagaran. Pero claro yo me he mirado la ley y no lo encuentro.
Gracias
Esta polémica viene porque al contrario que en Madrid, en Barcelona la tasa de basura se paga por el recibo del agua y aquí, la verdad, que no hay tanta discrepancia a la hora de adjudicar este pago. Son los arrendatarios los que se hacen cargo, además ¿quién genera la basura? el que vive en el piso.
Juanes33 crea un post nuevo con tu consulta, si te das cuenta este post trata del impuesto de la tasa de basura.
Da pie a confusión como la que ha tenido tibidabo.
hay algo que no entiendo...
Que es eso de que no habian legalizado la casa?? pero no era un local??
A ver si no han separado el IBI de la casa y del local, la casa paga un IBI, el local otro.
En una ocasión me encontré con este problema casa y local tenian el mismo IBI, si usted alquiló el local y dice que se comprometió a pagar el IBI del local, pues deberá pagar solo el IBI del local, es de lógica.
De todas formas yo lo consultaria en Hacienda, vaya con los recibos anteriores y que le den una explicación más convicente que la que le dan los propietarios de esa (casa-local)
Buenas,
a mi la tasa de basuras me llega en junio de cada año, pero en el papelito pone bien claro 'tasa basuras - 2011'.
Si el piso en el que estoy de inquilina lo dejo en julio, me correspondería pagar los 7 meses de este año que he estado viviendo, no?
Creo que la respuesta es bastante obvia si lo que estoy pagando es lo del 2011, pero ya me está costando discusiones con el propietario y hasta me hace dudar, y no me gustaría acabar mal con él y que resultase que encima tiene razón! (aunque en el contrato tampoco pone que me tenga que hacer cargo yo de la tasa, pero la estoy pagando cada año).
Arini
yo tengo un piso en alquiler, en el contrato especifico muy claro que se hacen cargo de la tasa de basura, bien, pues la inquilina se ha ido este mes de junio y yo le he cobrado la parte proporcional, pero en tu caso ni siquiera especifica que este pago corre de tu cuenta, asi que dile al casero que no se pase de listo.
Te corresponde pagar 7 meses puesto que te marchas en julio.
yo estuve en un piso de alquiler y en mi contrato nunca especificó que ese pago iba de mi cuenta, asi que nunca lo pagué y el casero por no discutir.. me dejó en paz, bien cierto es que fui buena inquilina, pagos al corriente sí, pero sólo los que me correspondieron.
saludos
Yo estoi igual en mi contrato pone claramente que todo tipo de tasa-impuesto deve hacerse cargo el proietario y sin embargo me hacen pagar ami la tasa nueva que viene en el recibo del agua me parece muy injusto yo cumplo el contrato 100% y conmigo no lo estan haciendo en ese sentido que puedo hacer ?
Petty
El recibo del agua es una cosa y el recibo de la tasa por recogida de basuras es otra, no pueden venir juntos y si vienen, que lo desglosen.
Si en su contrato no dice nada que deba pagar la tasa de basuras... no tiene porqué pagarla. Cosa distinta si lo reflejara en su contrato.
Yo tengo inquilinas y a pesar de reflejar en su contrato el pago de la tasa de basuras NO SE LO COBRO, por ser tan buenas inquilinas.
Por otra parte también he tenido casero y como no venia reflejado en mi contrato, no se lo he pagado.
Tampoco me lo ha reclamado.
Supongo que cuando la gente está contenta con lo que tiene debería agradecerlo de alguna manera.
Esta es mi opinión.
Saludos
Seran de cuenta y cargo de los arrendadores los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble ,servicio,tributos,tasas,cargas y responsabilidades,incluyendo en este concepto el pago de la cuota por la comunidad de propietarios,asi como el importe del Impuesto de Bienes Inmuebles .
Gastos de suministros ( electricidad,agua,calefaccion,etc...) correran a cargo de la parte arrendataria
me viene en un mismo recibo desde hace 3 recibos antes no me venia a mi
Petty pues si lo pone claramente en su contrato como es posible que se lo cobren? y encima haberlo pagado ya tres veces, es que en cuanto cede una vez... ya crea precedente.
Usted se puede negar en base a lo que firmaron en contrato.
No entiendo que se lo hayan metido junto con el agua, eso es actuar de mala fe, dígale que usted paga los consumos, pero que las tasas y demás tributos van por cuenta del arrendador.
Si dice que no, directamente le paga la parte del consumo y lo demás lo devuelve.
saludos
Pues asi es me lo cobran todo junto y la agencia con la que firme se mantienen firme con la respues que me dieron que corre a mi cuenta ese cargo ya no se donde acudir para solucionarlo
Como se ve,tienes todos los pagos incluidos tal como el agua y la luz asi que las subidas de impuestos las pagara el dueño de la vivienda .lo digo por mi que vivo de alquiler que son 450€ incluido agua y luz .
No ceda ni ante la agencia, ni ante el dueño, claramente ustedes firmaron en contrato privado que los tributos, costas y demás iban por cuenta del arrendador, pues que se atengan a ese pacto. Lo que está firmado, firmado se queda y ha de cumplirse.
Que desglosen esos gastos, usted paga los consumos y el resto... que lo pague quien corresponda, el dueño.
Además así lo establece la LAU, salvo pacto distinto por ambas partes, que no es el caso.
Saludos
Mi caso es parecido al de los demás, en mi contrato figuraba que yo me hacía cargo de las tasas de basura (aunque no se determinaba el importe anual art 20.1 LAU). Sin embargo, el problema es que el pasado mes, el propietario me comunicó que le pagara las tasas de basura de los últimos 4 años que he vivido allí, unos 400 euros. Me parece correcto pagarle las tasas del año en curso, pero ¿es legal exigirme el pago de años anteriores? ¿debo responsabilizarme de su falta de gestión? de haber sabido que eran tan elevadas, hubiera dejado el piso mucho antes.