Desde el inicio del procedimiento sancionador hasta la resolución del mismo han transcurrido más de 6 meses, por lo que este ha caducado. Pasados los 6 meses recibí la resolución del expediente, al que he recurrido con un recurso de Reposición alegando caducidad. Pero no me han respondido al mismo. Entonces, ¿debo pagar la multa o debo olvidarme y esperar a que me notifiquen la caducidad (ya que es de oficio)? En el caso de que la pague, cuando notifiquen la caducidad ¿debo reclamar el importe? y una duda más, a pesar de ser de oficio, ¿podrían no declarar la caducidad del expediente, a pesar de que esta se ha producido?