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Debo indemnizar al arrendador?

5 Comentarios
 
perfil Jan
13/02/2008 19:02
Hola carol33.No se merecen.Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.
13/02/2008 12:09
Muchas gracias Jan por tu paciencia, no podria estar mejor explicado.Estas explicaciones nos vienen muy bien para los qie alquilamos.
perfil Jan
13/02/2008 10:55
Hola carol33.Cuando usted firma un contrato de arrendamiento por un periodo inicial de, Vg 1 año, usted asume la obligación de permanecer ese tiempo en la vivienda pagando la renta y los recibos de agua,luz, gas. Como usted ha indicado en el contrato NO se pactó ningún tipo de indemnización para el caso de rescisión por el arrendatario antes de cumplirse el plazo de duración inicial pactado. Sin embargo ,hay que tener en cuenta 2 aspectos:

1) Que la LAU,en principio y es un tema bastante controvertido, NO permite pactar dicha indemnización en los contratos de duración inferior a 5 años.

2) Que los contratos de arrendamiento de vivienda se rigen, supletoriamente, por el Código Civil. Esto es importante, pues su arrendador( a través de su Administrador) podría hacer uso del Derecho que le concede el art 1.124 del CC:

Artículo 1124

La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.

La interpretación que las distintas Audiencia Provinciales hacen de este precepto es la siguiente:

1) Que el Juzgado entienda que al no haberse pactado indemnización usted como Arrendataria no deba pagar nada en concepto de indemnización.

2) Que el Juzgado entienda que es de aplicación por analogía lo dispuesto en el art 11 LAU 1994,y usted como Arrendataria fuere condenada a pagarle 1 mes de renta por cada año que reste por cumplir o la parte proporcional en caso de restar menos de 1 año para la expiración del contrato

3)Que el Juzgado entienda que usted como Arrendataria deba pagarle los meses que restan de contrato( MUY POCO PROBABLE)

4) Que el Juzgado establezca que la cuantía de la indemnización se reduzca a los daños y perjuicios que REALMENTE hayan sido ocasionados al arrendador( la carga de la prueba corresponderá a este último).

Por todo lo expuesto simpre aconsejo intentar llegar a un acuerdo con la parte arrendadora.

Reciba un cordial saludo.
12/02/2008 14:02
Muchas gracias.Ya a arregle como me has dicho.Pero de todas formas, por curiosidad, me gustaira, saber si realmente aunque no lo diga en el contrato el arrendador tiene derecho a pedir una indemnizacion?y si asi fuese seria equivalente a una mensualidad por año quefalten?.Gracias otra vez.
perfil Jan
12/02/2008 13:03
Hola carol33. Hable con su arrendador y ofrezcalé como indemnización 260 euros como indemnización más la la renta del mes en curso pues esa es la más justa para ambas parte.

Reciba un cordial saludo.
Debo indemnizar al arrendador?
11/02/2008 21:21
Tengo un contrato de 12 meses desde el 30 de agosto del 2007, y le comunique al arrendador con 20 dias de antelacion, como el me habia dicho que lo hiciera, que el mes que viene me iba del piso.Porque el lo tiene en venta y a mi me surgio una oportunidad.Luego vino y me dijo que si me iba que le tenia que pagar 3000€ de indemnizacion por irme antes de acabar el contrato, pero en el mismo no esta especificado nada de una indemnizacion.El alquiler es de 520€.
Debo pagarle aunque no conste en el contrato? y si asi fuera cuanto tendria que darle?, teniendo en cuenta que faltan 6 meses para que acabase.
Podria poner como escusa valida que el piso huele a podrido y tiene mucha humedad? cosa que es cierto.
Muchas gracias.Yperdon por alargarme tanto.