Hola, tengo 32 años y soy ama de casa desde hace 10, por lo tanto nunca he tenido que hacer la declaración de la renta. (La hice 1 vez a los 20-21 ya que trabajé unos meses). Mi marido es quien hace su declaración, ya que él es quien trabaja y además el alquiler del piso está a su nombre.
Hace unos meses falleció mi querida madre, dejándonos (a mis dos hermanos y a mi) un 50% de su casa (el otro 50% es de mi padre, (sin hipoteca)). Mi pregunta es, ahora que soy propietaria de un 16% de la casa, tendré q hacer la declaración de la renta? Gracias!
Depende, ¿vuestro padre tiene el usufructo?, ¿es quien reside en la vivienda?
Anónimo
19/08/2016 17:18
Juan S
Mi padre abandonó a mi madre para irse con otra hace un par de años, el vive a 2000km de aqui y dudo que tenga intención de volver. Mi hermano es quien vive ahora en la casa con su novia.
Jamás he escuchado la palabra "usufructo" asiq he buscado un poquito de información, y resumidamente es "el derecho a disfrutar de una propiedad ajena", pero esto me confunde un poco ya que el 50% de la casa pertenece a mi padre y el otro 50% era de mi madre (el cual ahora es de nosotros 3).
Habría que conocer el testamente de tu madre. Normalmente el cónyuge viudo hereda su legítima que consiste en el usufructo de 1/3 de la herencia.
No onbstante, vistas tus circunstancias, yo no haría nada y seguiría sin presentar declaración de IRPF, salvo que la hagas conjunta con tu marido. Pero en todo caso, no mencionaría esa vivienda heredada en parte.
Anónimo
20/08/2016 20:07
Anónimo
Gracias por responder :) el testamento de mi madre es bastante simple, pone que nosotros 3 heredamos TODA su parte, y el notario que nos hizo los papeles para poner la casa a nuestros nombres dijo que mi padre solo tenía el 50%, ya que mi madre no le dejó nada "por abandono del hogar" y en teoria cada uno de nosotros 3 tenemos un 16.6% de la casa. Muchisimas gracias por atenderme !
Sus padres llevaban separados de hecho, todo ese tiempo, lo que su padre o cónyuge viudo pierde sus derechos a la legítima, salvo que la causante le hubiera mencionado en el testamento.
Queda todo claro.
En mi opinión, teniendo en cuenta que uno de los propietarios vive en esa vivienda que constituye su vivienda habitual, tú no tienes que declararla en el IRPF.
Si algún día Hacienda te diera la lata al respecto, vuelve a preguntar y te indicaremos como responder. Aunque no creo que se dé el caso.
Anónimo
21/08/2016 11:24
Anónimo
perfecto pues!! Mil gracias por la ayuda ! Me quedo mucho mas tranquila :)