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Debo acudir a un profesional?

4 Comentarios
 
24/02/2006 15:32
Gracias Jan, me queda claro. Espero que el propietario lo entienda y respete y actue de buena fe. Un saludo.
perfil Jan
24/02/2006 13:22
Hola anamari. La actualización de la renta por parte de su arrendador debe hacerse( en su caso concretamente) conforme a lo establecido en el art 18.1 y 18.3:

Artículo 18. Actualización de la renta

1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.

Artículo 18. Actualización de la renta:

3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado.

Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.

Lea el citado art con atención y, si tiene dudas, acuda a un profesional de la abogacía.

Un saludo.
24/02/2006 12:49
Gracias ac37, entonces entiendo que la mejor opción es pagar el recibo y si no es correcto acudir a un profesional que sabrá como actuar.
24/02/2006 12:26
Debería acudir a un profesional pq creo q su casero está abusando de su posición, pero por aqui dudo q le podamos solucionar el problema.Suerte¡
Debo acudir a un profesional?
24/02/2006 12:10
Hola tengo un contrato de alquiler de 3 años, encontrándome en este momento en el 4º (primero de la prorroga obligatoria) y el propietario me ha comunicado que me va a subir la renta en un porcentaje, que es más que el del IPC, yo le he comunicado que estoy verificando si la cantidad a subir es la correcta y me ha dicho que le es muy urgente y tiene que pasar el recibo modificado ya este mes de marzo. Al no habérmelo comunicado por carta un mes antes, he ido al banco para pedirles que solo pagaran la renta del mes anterior y me han dicho que no es posible, que lo pago o lo devuelvo entero. Si me cobra una cantidad errónea, ¿qué debería hacer? ¿La pago y lo denuncio? O hay alguna otra solución. Muchas gracias.