Hola, tengo un problema con mi inquilino, hicimos un contrato en el que figura como forma de pago el pago en mano en efectivo, después de 1 año y medio así ha decidido no pagarme mas si no le facilito un nº de cuenta y además modificar clausulas en el contrato, en estos momentos ya me debe 20 días, un recibo de agua y un recibo de luz.
En el contrato figuran las siguientes clausulas, 3ª/ el periodo de pago de la mensualidad es del día 10 a 15 de cada mes, 4ª/ los recibos de agua y luz se abonaran a la llegada de estos. 15ª/ en caso de incumplimiento por la parte arrendataria, de cualquiera de las cláusulas pactadas en este contrato, incluso la falta de pago de cualquier mensualidad dará lugar a la rescisión automática del mismo por la parte arrendadora, estableciéndose la indemnización por daños y perjuicios en DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (250€) y autorizando al arrendador, transcurrido quince días desde la fecha de pago, a tomar posesión por ella misma de la propiedad, pudiendo incluso cambiar la cerradura, en el caso de que la vivienda hubiera sido abandonada por el arrendatario.
Bueno, la cuestión es que el inquilino no ha abandonado la vivienda y tampoco paga, mi pregunta es, ¿ puedo y debo iniciar acciones judiciales contra él ya?. Muchas gracias.
Al margen de que considero al última clausula (autorizando al arrendador, transcurrido quince días desde la fecha de pago, a tomar posesión por ella misma de la propiedad, pudiendo incluso cambiar la cerradura, en el caso de que la vivienda hubiera sido abandonada por el arrendatario) muy discutible (por no decir directamente nula de pleno Derecho), por lo demás puede instar el procedimiento judicial sin problema alguno desde que se produce el primer impago. El tiempo estimado para el lanzamiento en un "desahucio exprés" es muy variable. En Asturias se tarda entre tres y cinco meses.
Vd tiene constancia por escrito del inquiino de la peticion de que le facilite una cuenta corriente de ingreso para pagarle la mensualidad y lo demas?
Vd. declara a la agencia tributaria esos ingresos?
porque si no es asi, se podria encontrar con un problema fiscal.
Seguro que el inquilino quiere hacer constar el pago de esa forma, para obligarle a vd a declarar a Hacienda....