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¿debería esperar o denunciar?

3 Comentarios
 
¿debería esperar o denunciar?
24/04/2013 12:54
Buenos días, en Enero termine contrato en mi empresa por causas objetivas, tanto yo como el resto de compañeros que integraban dicha empresa, aunque en el transcurso que estuve trabajando con ellos, llevaba cerca de 3 años en contratos por obra o servicio que me habían ido concatenando en 2 empresas diferentes.

Se nos propuso seguir realizando las labores mínimas para que la empresa pudiera seguir realizando sus funciones (eminentemente online) a cambio de que se nos pagara la diferencia entre lo que cobráramos de paro y lo que cobrábamos en la empresa, a lo que me negué al día siguiente. Desde entonces, se nos ha ido pagando mensualmente en torno a los 100 euros hasta completar una de las nóminas que nos adeudaban y este mes no se nos ha pagado nada.

Tras mandarle un email pidiéndoles explicaciones, he recibido una llamada diciendo que en el momento en el que le paguen a ellos lo que les deben en esa empresa, se nos irá pagando a nosotros, pero al parecer es difícil que el primer hecho ocurra.

Se que han contratado a otra persona para que realice mis funciones en la otra empresa que es en la que ahora formalizan todos los contratos, clientes, etc... Si nunca reciben nuevos ingresos en la empresa en la que yo estaba, no veo ninguna posibilidad de que me paguen lo que me deben, además de que me parece una tomadura de pelo en toda regla... También tengo constancia del hecho de que para poder reclamar pagos atrasados, no puede haber transcurrido más de 1 año, por lo que me gustaría saber con antelación que debería hacer en el caso de que en el mes siguiente no me paguen tampoco, ya que al paso al que lo estaban haciendo, posiblemente pase el año sin que me hayan pagado la totalidad de lo adeudado.

¿Creen que debería denunciar por impago cuánto antes mejor? ¿Debería mandarles un inspector laboral por mantener la actividad de la empresa aunque haya sido cambiándola de nombre y gente realizando trabajos sin estar contratados? Si estos trabajan desde casa, ¿hay algún modo de que se le pueda pillar a la empresa por algún sitio?

Gracias anticipadas y perdón por el tocho pero quería explicarlo lo más claramente posible.
24/04/2013 15:19
Cuanto antes mejor, porque si la empresa entra en concurso de acreedores la cosa se complicaria.
efectivamente tienes 1 año para reclamar salarios, pero no te recomiendo que apures mucho, y mas porque los juicios tardan meses en salir
si tienes dudas mandame un correo a la siguiente direccion: ERIZVL@HOTMAIL.COM
soy abogado laboralista
25/04/2013 10:18
Gracias por responder.

La empresa según tengo entendido no va a entrar en concurso de acreedores. Digamos que tenían dos empresas A y B, yo estuve contratado en las dos, pero el último contrato fue en la empresa B, junto con 3 compañeros, esta empresa B, tenía pérdidas por lo que "han hecho como si hubieran dejado de tener actividad" pasando todos los clientes a la empresa A y echando a todos los trabajadores de la empresa B.

Ahora simplemente tienen la empresa B para esperar a que los que les deben dinero paguen mientras continúan su actividad con la empresa A, con sólo 2 trabajadores contratados y el resto haciendo labores desde casa.

Por poner un ejemplo, a finales de año, esperaban un ingreso cercano a los 10 mil euros en la empresa B, en la que yo estaba contratado, pero viéndose venir lo que iban a hacer, cambiaron la cuenta hacia la que haría ese ingreso, haciéndolo en la empresa A y aduciendo que de ese dinero no se nos podría pagar nada de lo adeudado porque era concerniente a la empresa A cuando siempre había sido a la B.

Espero no haberlo que se haya entendido algo de su forma de actuar.

¿Es esto legal? ¿Debería presentar una denuncia ante la inspección de trabajo?

Gracias de antemano.
25/04/2013 10:34
Que empresa es? de donde? convenio colectivo?