Saludos a todos los foristas de un compañero en apuros:
Una vez se ha aprovado la Ley 58/2003, General Tributaria, ¿me podríais indicar en qué supuestos y en qué condiciones debe Hacienda facilitar información?. se interpuso en su momento procedimiento Monitorio, y se despachó ejecución, pero no se sabían bienes, y se ha instado al Juzgado a fin y efectos de que oficie a diferentes organismos para que nos faciliten información patrimonial del ejecutado; todos nos han dicho que no les consta ningún bien, menos Hacienda. esta solicitud se hizo al amparo del antiguo 113, y nos lo denegaron, a pesar de haber sentencia judicial firme de condena.
me podríais qué paso podría hacer si me lo permitiera la nueva Ley? (no sé que interpretación se debe estar haciendo de la misma).
Muchas gracias a todos