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¿Debe hacer solo una declaración de renta aqui en España sumando todos los rendimientos de trabajo de los 2 países?

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      • Tema: ¿debe hacer solo una declaración de renta aqui en españa sumando todos los rendimientos de trabajo de los 2 países?
5 Comentarios
 
¿debe hacer solo una declaración de renta aqui en españa sumando todos los rendimientos de trabajo de los 2 países?
25/04/2016 15:41
Mi hija es española estuvo viviendo en Alemania 3 años. El 2013 y 2014 hizo la declaración de renta allí. En septiembre del 2015 se vino a vivir otra vez a España. Estuvo trabajando hasta julio del 2015 en Alemania y el resto del año en España. ¿Debe hacer solo una declaración de renta aqui en España sumando todos los rendimientos de trabajo de los 2 países? Gracias
25/04/2016 21:11
Debe declarar aquí por el Impuesto de no Residentes que no es el IRPF de toda la vida. Y sólo incluirá las rentas obtenidas en España.
Mira esto:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Normativa__manuales_y_folletos/Normativa__manuales_y_folletos.shtml
26/04/2016 09:08
Buenos dias Juan S. Gracias por su respuesta pero mi hija es española y desde hace 6 meses empadronada en Barcelona
He leido que el IRNR es un impuesto que grava las rentas obtenidas en territorio español por las personas físicas y entidades que no residen en España. Deben tributar por el Impuesto sobre la Renta de No residentes que, con carácter general serán las personas físicas que hayan obtenido rentas en España aún cuando su residencia fiscal no se encuentre en el país. El RD 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes es el encargado de regular este tributo y establecer los casos y las rentas concretas por las que será necesario pagar impuestos.Se considerará que deben hacer frente a este impuesto las personas físicas y entidades no residentes en el territorio español y las personas que sean residentes pero que, pro su condición de desplazados, puedan considerarse no residentes. Perdona pero no lo entiendo.
26/04/2016 09:25
Habia visto este enlace

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Ciudadanos/Rentas_obtenidas_en_el_extranjero/Alemania.pdf
26/04/2016 10:17
Lo primero es dilucidar dónde ha tenido su residecia en 2015. Yo he dado por supuesto que la tuvo en Alemania pero depende de qué día de julio haya cesado allí y empezado aquí. Tienes que ver dónde ha residido más días.
Si su residencia ha sido en Alemania, tu enlace no se aplica ya que no tributa aquí por el IRPF sino por el IRNR cuya legislación puedes localizar por Internet.
26/04/2016 10:40
Gracias Juan S. Ahora si me queda más claro. Ella estuvo viviendo y trabajando casi 8 meses en Alemania, llegó a España a finales de Agosto pero no se empadronó hasta diciembre del 2015 en Barcelona, porque estuvo viviendo con nosotros 3 meses mientras buscaba piso.
O sea le toca hacer la declaración de Impuesto de no Residentes como habías dicho antes. Gracias de nuevo por tu aclaración. Ha sido muy util. Un saludo