Emarbra esta en lo cierto (como habitualmente). La Sentencia Eclesiástica tiene efectos civiles pero la Sentencia Civil no tiene efectos para la Iglesia. Así es la vida. Un saludo.
Si así es Ulises, pues si se decreta la nulidad del matrimonio a los efectos legales significa que ese matrimonio nunca existió, y al no existir, no hay nada que disolver (que es lo que se conseguiría con el divorcio).
Aprovechando la demanda de nulidad que tiene puesta mi ex...de la que llevo separado legalmente 2 años, quiero obtener tambien mi divorcio pero me han dicho que si la nulidad se lleva a efecto no hace falta que me divorcie pues con la nulidad del matrimonio podria casarme de nuevo sin necesidad de divorciarme. ¡¡Por favor, aclaremme las ideas!!
¿Es cierto lo que me han dicho?