En cuanto a la legitimación para instar el desahucio, yo creo que corresponde al nuevo propietario porque tolera la ocupación hasta que se insta el desahucio.
Hola, a mi entender nadie está obligado a suscribir un contrato, llámese arrendamiento, obra,.... en caso contrario existiría vicio en el consentimiento y el contrato sería nulo de pleno derecho.
Sólo cabe la opción del desahucio por precario... la única duda que se me suscita ahora es quien tendría legitimdad activa para instarlo:anterior o actual propietario?
Necesito vuestra ayuda en un tema un poco engorroso (por lo menos para mí, claro).
Un propietario de un piso permite a otra persona vivir en él en precario hasta que venda el piso y, a tal efecto, se firma un contrato en el que en una de las cláusulas se pacta que el precario quedará sin efecto si el nuevo propietario no lo consiente.
Se ha producido la venta del piso y el nuevo propietario no consiente el precario y quiere convertirlo en arrendamiento, a lo que el precarista se niega. En realidad, se niega a dejar el piso y a pagar renta alguna por él.
Mi pregunta es si hay alguna base legal para obligar al precarista a suscribir u arrendamiento y, por tanto, a pagar renta o sólo queda instar el desahucio por precario.