Hola, vivimos en Asturias como pareja de hecho legalizada y ahora deseamos casarnos. Mi mujer es Venezolana residente legal en España como Familiar de ciudadano de la unión Europea (osea yo).
De todos los documentos que nos piden compulsados vemos que muchos ya nos los pidieron para hacernos pareja de hecho ¿pueden combalidarse con los presentados para hacernos pareja de hecho es que ir a venezuela nuevamente es muy costoso.
Para casarse, normalmente, se debe presentar certificados literales de nacimiento y certificados de estado civil de ambos.
El certificado literal de nacimiento, lo puede mandar a solicitar su país. El certificado de estado civil, si el Consulado de su país acreditado en España, tiene competencias para expedirlo, puede hacerlo. De lo contrario, tendrá también que mandar a solicitarlo a su país. Deben venir ambos documentos, si vienen desde Venezuela, con la Apostilla de La Haya. Si lo expide el Consulado de Venezuela acreditado en España, debe el documento ir luego a ser legalizado en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid.
Igualmente, suelen pedir que el Consulado del país del contrayente extranjero acreditado en España, certifique si, de acuerdo con la ley de su país es o no es necesaria la publicación de edictos.
No es necesario trasladarse al país, puede mandar a solicitar esos documentos con un familiar o con un abogado de confianza, al que le envíen poder especial suficiente para efectuar las gestiones.
Los documentos relativos al estado civil, suelen tener validez limitada (entre 3 y 6 meses), por lo que, si el que tiene es de hace un año o más, ya no le servirá para trámites en España.
Luego de que se casen, tienen que solicitar la cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho y comunicarlo a la Oficina de Extranjería de la Delegación del Gobierno en Asturias, al tiempo que solicitar que se expida una nueva tarjeta, indicando la nueva situación.