Hola. En el Boletín Oficial del Estado de hoy, 23 de julio de 2011, se ha publicado la Orden PRE/2072/2011, de 22 de julio, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece la reactivación del periodo
transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumanía, que puede consultarse en la siguiente ruta:
Está en vigor desde la fecha de aprobación, que fue ayer, 22 de julio de 2011.
Con todo, afectará solo a los trabajadores rumanos que pretendan ejercer una actividad lucrativa en España en lo venidero, no afecta a quienes actualmente están incorporados al mercado laboral español.
Lo anterior tampoco afecta al derecho a la libre circulación y establecimiento en España. Únicamente se refiere a la necesidad de solicitar una autorización de trabajo.
Con todo, esto puede ser objeto de revisiones por parte de instituciones de la Unión Europea, con competencias para vigilar la correcta aplicación del Derecho Comunitario. De momento, se ha publicado, ha entrado en vigor y empieza a desplegar sus efectos.
Hola. Por si es de interés especial para las personas nacionales de Rumanía, se copia a continuación la ruta hacia la Instrucción de la Dirección General de Inmigración, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en relación a la Orden Ministerial referida en el apartado anterior: