Hola elvi08. Como norma general es conveniente esperar a que se adeude al menos una mensualidad de renta. En este caso primero es aconsejable enviar un burofax con acuse de recibo reclamando las cantidades pendientes y concediendo un plazo de 5 días para satisfacerlas.
En función de la redacción del burofax y del interés del arrendador en resolver el contrato de arrendamiento el plazo para interponer la demanda por impago de rentas, en caso de que el arrendatario haga caso omiso al burofax, varía desde que expira el plazo concedido en el burofax hasta 2 meses despues de transcurrir el plazo concedido en el burofax.
Buenas tardes Jan,te enormemente agradecería me pudieras dar alguna respuesta, dado lo probado de tus conocimientos.
Quisiera saber si se tiene que acumular una deuda de rentas mínimas para poder presentar una reclamación judicial, o si debe de pasar un tiempo concreto desde que solicito la deuda por Burofax hasta la via judicial.