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3 Comentarios
 
13/07/2010 09:28
Muchas gracias :)
11/07/2010 14:34
Ya hubo una sentencia del TS que vino a decir que el acceso a correos corporativos de una organización (como Ud. detalla terminando en @empresa.es) no se consideran delito del 197 puesto que dichos correos son herramientas facilitas por la entidad para la realización de sus labores y por tanto no fueron diseñadas para contener información personal de cada individuo, en otras palabras si ud. usó las direcciones de la entidad para su uso particular transmitiendo datos o información de su esfera personal es responsabilidad suya y no de la organización (otra cosa sería si espiaran su correo personal estilo hotmail yahoo gmail u otros.). Incluso podría ser motivo justificado de despido si el uso de tal dirección no concierne a competencias por la cual fue contratado.

Tema muy diferente sería que un tercero hiciera uso del mismo cometiendo una infracción (ejemplo revelar datos a terceras personas usando su correo corporativo) en ese caso, si habría delito pero al estar usted de baja sabrían perfectamente quien uso su correo.
10/07/2010 20:22
un delito por el articulo 197 del codigo penal.
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09/07/2010 11:51
Buenos dias, mi consulta es la siguiente, el martes me di de baja al tener q pasar por quirofano. Habia avisado a mi empresa un par de meses antes para q pusieran un sustituto. Mi empresa da servicios externos de nuevas tecnologias a administracion publica. Mi sorpresa fue cuando un funcionario reseteo mi contraseña y se la facilito a mi sustituto, facilitando acceso a mi correo electronico. Cuenta q es del tipo nombre.apellidos@empresa.es y de la q llevo usando 7 años. Considero q se ha cometido una falta o delito contra mi intimidad, es asi? muchas gracias