No tiene porque cobrar ningun IVA, la empresa contratante le tiene que remitir un documento en el que se le abonan unas retribuciones y se le practica exclsuivamente la retencion del IRPF. En el ejercicio siguiente la empresa le debe enviar el modelo 190. Salvo mejor criterio en derecho
Hola a todos, quería hacer la siguiente consulta: voy a impartir un curso que me han pedido. ¿tengo que darme de alta en el I.A.E o pedir algún N.I.F en Hacienda, o no es necesario ya que no se trata de una actividad habitual en mí?.
Gracias.