Significa que el procurador solicitará que el juzgado por escrito os dé a cada uno testimonio de esa sentencia para que con ello se pueda inscribir en el Registro y lo tengais en vuestro poder para otros trámites que fuesen necesarios.
En cuanto a si puedes cambiar a otro abogado, si no has quedado content@ puedes acudir a otro y que este le solicite la venia para continuar con el procedimiento.
El testimonio es una fotocopia de la resolución judicial conteniendo un sellito de la secretaria judicial como fedataria pública quien da fe de que el documento que se entrega es copia fiel del que consta incorporado a los autos. El sello autentifica el documento para su inscripción como indica birrete.
Un saludo.