Tengo una duda: soy arrendataria de un local, y el contrato no puede resolverse antes de un determinado periodo. Dado que lo he vaciado antes y no hago ningun uso de él, quiero dar de baja los suministros para no tener que pagar los mínimos hasta la fecha de fin del contrato. Por contrato se pactó que: resuelto el contrato, el arrendador puede subrogarse en la titularidad de los contratos de suministros con que cuente la finca. Esto me obliga a mantener los suministros dados de alta hasta el fin del contrato? O puedo darlos de baja antes? Actualmente consto como titular de los contratos de suministro, puesto que en su día se hizo un cambio de titularidad de aquellos.