Para darlo de baja, definitivamente es preciso unanimidad, si es temporal 3/5. Depende mucho de la temporalidad ya que si se alarga, el elevador queda inservible, entonces si es preciso la unanimidad.
En principio, es un servicio común, que ya estaba establecido con la licencia de primera ocupación y final de obra.
Probablemente, todos los propietarios compraron su vivienda, teniendo en cuenta esa instalación.
Creo que ahora sería necesaria la unanimidad.
Habría que comprobar la descripción de la finca general en la escritura de división horizontal y ver si aparece el ascensor como instalación común.
soy el presidente de una comunidad de propietarios en murcia, que consta de 3 vecinos, incluido yo. En el edificio tenemos un ascensor, pero debido al coste economico que nos acarrea y al ser una vivienda de veraneo, en la cual apenas ninguno usamos, queremos darlo de baja, para ahorrarnos el coste del manteniemiento. La consulta es...Para darlo de baja, se necesita unanimidad o es suficiente con la mayoria simple (con que estemos de acuerdo 2 vecinos)?