Recientemente me han comunicado una sentencia favorable aunque recurrible y quisiera comentar datos del juicio con otras personas que están en mi misa situación y que van a emprender acciones legales en el mismo sentido. Nuestro medio de contacto es un foro de afectados de acceso libre, donde exponemos nuestra ideas y comentarios. Mi duda es si cometo alguna infracción si comento públicamente detalles de la sentencia y de las alegaciones de la parte contraria en la demanda reconvencional. Hay un apunte en esta, en relación a una póliza de contragarantía de avales, en la que la parte demandada dicta tal que "acotamos al amparo de lo establecido en el Artículo 265 los archivos de la Entidad bancaria xxxxxxxxx". ¿Esto que quiere decir?.