Tengo un verbal en el que en la demanda, ademas de la pretensión principal solicitan condena en costa y daños y perjuicios. Mi duda es en torno a si se tenian que haber acreditado esos daños en la demanda y darme traslado de los mismos o si puede hacerse en el juicio, como documental alegando que se han conocido con posteroridad oque por ejemplo se han tasado por un perito y el dictamen es posterior a la demanda.
En el caso de que en el juicio me presenten esta valoración de daños, está claro que impugnaré esa documental, pero me gustaría tener algún apoyo legal para hacerlo, no simplemente oponerme o formular protesta si se admite.