pecunia doloris....no hay ley ni baremo para su determinación. No puede, ni debería, haberlo, pues el dolor es algo inmaterial, intangible, etc....
Saludos.
Gracias invitado, pero pensaba que alguna ley como la de vehiculos de motor hablarian de ello.. quizas habria que demostrarlo de forma medica y asi cuantificarlo, verdad?
Lo que no entiendo es como, en tu criterio, sería posible cuantificar un daño moral mediante una demostración médica a todas luces imposible. Ya te lo ha dicho el amigo invitado, inmaterial, intangible, es como el amor, y el honor, ni se compra, ni se vende, ni se mide.
Ciencias sociales, que también son ciencias y sirven, entre otras cosas, para razonar.
Los tribunales suelen cuantificar los daños morales según el reproche social que tenga la actuación que provoca el daño, aunque a mi criterio no debería influir ese criterio.
Los jueces cuantifican los daños morales según su propio y ponderado criterio. El reproche social es algo tan abstracto y subjetivo que tampoco se puede medir.
Y aunque se pudiera, el daño moral no siempre tiene reproche social
Deberías acudir a la jurisprudencia a fin de observar como se manifiesta el Supremo, en un caso similar al tuyo. Ahora esta muy a la orden del día solicitar Daños Morales y España no es EEUU, aunque cada vez más los jueces y magistrados los tienen en cuenta. Por dicho motivo de aconsejo acudir a la jurisprudencia y, como he dicho, intentar buscar un caso similar, a fin de observar como se ha valorado, porque tal y como ya te han contestado, no existe ninguna normativa al respecto.
Saludos
Gracias a todos, pensaba que en algunos daños morales concretos se podri demostrar ese daño moral. por ejemplo una persona en tratamiento depresivo por la muerte de su hijo en una accidente, pensaba que exixtia baremo para este tipo de casos y otros tipos.Gracias de todas formas..
En cuanto a los fallecimientos por accidente, ya viene baremado, es decir, el baremo incluye los daños morales. Solo tienes que mirar el BOE que cada año publica los nuevos.
Gracias a todos, por tanto cuando en juicio señalan daños morales una cuantia muy superior esa cuantia es al libre albedrio del solicitante sin basarse en ninguna ley concreta, y el juez la estimara o no , verdad?
Gracias de nuevo
Saludos
recurrir a las sentencias que ya se han dictado por los jueces, donde se pueden sacar ideas y soluciones para casos similiraes que se hayan juzgado ya.